Programa de Atención, Protección y Reparación en Violencia contra las Mujeres (APR)
Descripción
El Programa de Atención, Protección y Reparación en Violencia contra las Mujeres (APR) ofrece atención psicosocial y/o jurídica a mujeres que han vivido violencia de pareja o violencia sexual. También brinda representación jurídica a víctimas de femicidio frustrado y familiares de mujeres víctimas de femicidio consumado.
El programa cuenta con diferentes formas de apoyo y, dentro de esas, con residencias temporales a mujeres de 18 años o más y a sus hijos/as, que estén en situación de riesgo grave por violencia en contexto de pareja o ex pareja, o por ser víctimas de trata de personas. Además, dispone de Centros de Reeducación para hombres que ejercen violencia en contexto de pareja o ex pareja.
18
Años cumplidos
Para acceder a este programa debes cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser una mujer mayor de 18 años.
- Vivir o haber vivido manifestaciones/expresiones de violencia de género.
Los servicios ofrecidos en este programa son:
- Centros de la Mujer: Mujeres mayores de 18 años que viven o han vivido violencia de género en contexto de pareja o ex pareja (no es necesario haber realizado una denuncia).
- Casas de Acogida: Mujeres mayores de 18 años que viven violencia y se encuentran en situación de riesgo grave y/o vital, producto de esa situación. El ingreso debe ser solicitado por Tribunales, Fiscalía, o derivadas desde alguna institución a través de los Centros de la Mujer o Direcciones Regionales del SernamEG (no es necesario haber realizado una denuncia). Pueden ingresar a las Casas de Acogida con hijas o hijos de hasta 14 años.
- Centros de Atención y Reparación para Mujeres Víctimas/Sobrevivientes de Violencia Sexual: Mujeres mayores de 18 años que viven o han vivido violencia sexual.
- Casa de Acogida para Mujeres Vulneradas por la Trata de Personas y Migrantes en Situación de Explotación: Mujeres mayores de 18 años con o sin hijos o hijas, que se encuentren vulneradas por el delito de trata de personas, o sean mujeres migrantes en situación de explotación laboral y/o sexual, independiente de su origen, nacionalidad o forma de ingreso al país. La admisión debe ser solicitada a través del Ministerio Público u otras instituciones que realicen la petición por medio de alguna de las Direcciones Regionales de SernamEG.
- Servicio de Atención Telefónica: Todas las personas pueden llamar para recibir orientación, información y derivación adecuadas a través del número 1455 si están viviendo violencia de género en contexto de pareja o ex pareja, o si están en conocimiento de alguien que esté en esa situación.
- Centros de Reeducación de Hombres: Hombres mayores de 18 años que ejercen o han ejercido violencia de pareja. Pueden ingresar de forma espontánea, o ser derivados desde Tribunales u otra institución.
Escoge la región y comuna para ver las direcciones de las oficinas de SernamEG:
Programa de Atención, Protección y Reparación en Violencia contra las Mujeres (APR)
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